Programa Kit Digital – Ayudas destinadas a pymes que invierten en tecnología

El Gobierno Estatal ha aprobado un programa de ayudas destinadas a financiar las pymes que inviertan en tecnología para modernizar sus organizaciones. El importe del “bono digital” puede ser de 2.000, 6.000 o 12.000 euros y los beneficiarios recibirán la ayuda en función de su tamaño, midiendo éste según su número de empleados.

Estas ayudas permitirán al solicitante (pymes, microempresas y autónomos), obtener un importe monetario para la compra de las soluciones de digitalización que se encuentran incluidas en un catálogo determinado.

Es decir, habrá una fase previa a la concesión de la ayuda, en que se configurará el “Catálogo de Soluciones de Digitalización”, con los productos que ofrezcan para su comercialización, los agentes digitalizadores que lo hayan solicitado.

Una vez cerrada la fase previa, se publicará la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a la inversión en soluciones que den soporte a:

  • Sitio Web y presencia en Internet (tamaño del beneficiario indiferente, importe de la ayuda 2.000 euros)
  • Comercio electrónico (tamaño del beneficiario indiferente, importe de la ayuda 2.000 euros)
  • Gestión de redes sociales (importe de la ayuda entre 2.000 y 2.500 euros)
  • Gestión de clientes (importe de la ayuda entre 2.000 y 4.000 euros)
  • Business Intelligence y Analítica (importe de la ayuda entre 1.500 y 4.000 euros)
  • Gestión de Procesos (importe de la ayuda entre 500 y 6.000 euros)
  • Factura Electrónica (importe de la ayuda entre 500 y 1.000 euros)
  • Servicios y herramientas de Oficina Virtual (entre 2 a 48 usuarios, ayuda de importe 250€/usuario)
  • Comunicaciones Seguras (entre 2 a 48 usuarios, ayuda de importe 125€/usuario)
  • Ciberseguridad (entre 2 a 48 usuarios, ayuda de importe 125€/usuario)

Nota: en ningún caso son subvencionables los impuestos afectos a las operaciones (IVA; IGIC; Impto. Producción/Servicios/Importación), ni gastos que no sean los estrictamente detallados.

Los interesados deben iniciar la gestión en la web www.acelerapyme.es

Solo se puede optar a una única subvención por beneficiario y su derecho de cobro nace con la resolución de concesión del «bono digital» que lo utilizará para pagar al Agente Digitalizador, es decir, le cede al Agente el derecho de cobro de la subvención.

Detallamos a continuación cómo se relacionan las cuantías que se pueden percibir con los tipos de beneficiarios:

 

Como sucede con muchas de las subvenciones y ayudas públicas, solo podrán optar a ellas las personas o entidades que se encuentren al corriente de obligaciones tributarias y con la seguridad social, que no se encuentren en situación de concurso, que den cumplimiento a los requisitos de la Ley de subvenciones y, adicionalmente, al tratarse la que nos ocupa de ayudas de Estado cubiertas por la legislación de mínimis, se debe cumplir con las limitaciones que de esta normativa se derivan.